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Franquicias: Cuestiones legales
Los contratos de franquicias se caracterizan porque una de las partes aporta el capital, el trabajo y las instalaciones, y la otra el know-how y la asistencia técnica. La relación entre las partes se estructura sobre la base de contratos entre las partes autónomas. Sin embargo para que los acuerdos se mantengan indemnes es necesario fijar claramente las obligaciones de las partes, así como los riesgos que asume cada una de ellas frente a los posibles reclamos de consumidores y del personal bajo dependencia.
El contrato de franquicia es una de las formas de comercialización que exige mayor número de requisitos legales. Su concepción se basa en que tanto el negocio como la marca comercial identifican en forma uniforme al producto o servicio comercializado por los distintos franquiciados. Así es como esta vinculación reúne a dos personas comerciales independientes, permitiéndoles mantenerse frente al consumidor como una entidad única.
El contrato deberá proveer normas referidas a:
la imagen y al producto
derechos sobre marcas
homogeneidad de los distintos franquiciados y a las distintas bocas de comercialización
problemas de competencia desleal (evitando controles ilegales en materia de precios, compras, jurisdicciones o clientes)
imagen uniforme
Un buen contrato de franquicia deberá estar hecho a la medida de cada empresa, considerando el ramo, el producto o servicio a distribuir, a las técnicas y acuerdos entre las partes para obtener las metas esperadas, el propio plan de negocios y la actividad comercial desarrollada.
Regulación específica sobre franquicias
Aún no se ha establecido una regulación específica en nuestro país (como en E.E.U.U., Francia y Brasil), sin embargo ambas partes (franquiciado y franquiciante) se encuentran suficientemente protegidas por nuestro régimen legal, de acuerdo a la aplicación de los principios generales del derecho y fundamentalmente del sentido común. Sin dejar de citar que conforme al artículo 1197 del Código Civil los contratos son ley para las partes intervinientes.
Para evitar inconvenientes en la materia la Asociación Argentina de Franchising ha creado su Código de Ética que contiene prevenciones y pautas válidas para cualquier franquicia (de aplicación obligatoria para los miembros de dicha asociación), que se transcribe en la: Franquicias: Contrato.
Dra. Natalia Flores
Artículo extraído de www.guiaburzaco.com.ar Para contactarse con la Dra. Natalia Flores comunicarse con PRONTO ( PROfesionales en Negocios Tramites y Organización) al teléfono 011-4299-5136 o enviando un e-mail a burzaco@argenguide.com.ar
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